Colombia es una república presidencialista, y un Estado unitario con separación de poderes ejecutivo, legislativo y judicial

Colombia es una república presidencialista, y un Estado unitario con separación de poderes ejecutivo, legislativo y judicial. La Constitución política vigente fue proclamada, el 4 de julio de 1991. El 59° Presidente de la República, los gobernadores departamentales son los que se encargan de hacer cumplir los reglamentos de la nación.

Ramas del Poder Público

La constitución política define en el capítulo 1 del título 5 la estructura del estado colombiano mediante la división del poder público en tres ramas: la ejecutiva, la legislativa y la judicial. Sin embargo, dado que existen funciones del estado que estas entidades no cumplen, se nombran además otros órganos para la realización de estas como son: el Ministerio público, la Contraloría General, el Consejo Nacional Electoral, la Registraduría Nacional, el Banco de la República, la Autoridad Nacional de Televisión y la Comisión Nacional del Servicio Civil, entre otras..

1. Rama ejecutiva: Se encarga de hacer cumplir las leyes, mantener el orden público, organizar los servicios para la población y recaudar impuestos para hacer uso de ellos. El Presidente de la nación Jefe de Gobierno y cabeza del poder ejecutivo, el cual comparte con un gabinete ministerial.

2. Rama legislativa: Se encarga de elaborar las leyes y normas. Un Congreso bicameral formado por el Senado (100 miembros elegidos por circunscripción nacional por un periodo de cuatro años y un número adicional de 2 senadores elegidos en circunscripción especial por comunidades indígenas) y la Cámara de Representantes, conformada por ciento sesenta y seis miembros elegidos por 4 años, de los cuales ciento sesenta y uno representan a las circunscripciones territoriales (departamentos y el Distrito Capital). A razón de 2 por cada circunscripción y uno más por cada 250.000 habitantes o fracción mayor de 125.000; los cinco restantes representan a las comunidades afrocolombianas (dos), los indígenas (uno), los colombianos residentes en el exterior (uno) y las minorías políticas (uno).

3. Rama judicial: Se encarga de aplicar la ley de manera justa y resuelve conflictos entre las personas de acuerdo a la ley. El poder judicial de Colombia empieza a partir de la Constitución Política de 1991. Es conformado por la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, así como los tribunales y juzgados. La Fiscalía General de la Nación que es un organismo independiente adscrito a la rama judicial del Poder Público en Colombia.


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